¿Quién se queda al gato si me separo? ¿Me tienen que compensar si los petardos de unos graciosillos han dejado a mi perro medio loco? ¿Quién se ocupará de mi mascota si a mí me sucede algo? ¿Quién paga los gastos de veterinario si me venden una mascota enferma?

El pasado 5 de enero entró en vigor la ley 17/2021, la nueva ley del régimen jurídico de los animales, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Supone la triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales para que dejen de ser tratados como cosas y para impedir el embargo o la extensión de las hipotecas sobre los animales de compañía y protegerlos de prácticas abusivas durante la tenencia, convivencia, pérdida y hallazgo y venta de los animales. Los animales han dejado de ser bienes muebles –y por tanto, cosas– y recuperan su verdadera naturaleza de "seres vivos dotados de sensibilidad". A partir de ahora, la ley contempla y ampara muchas situaciones en las que un animal quedaba desprotegido:

  • En las disoluciones de matrimonios o de parejas de hecho, el juez ha de tener en cuenta el interés del animal.
  • El derecho de indemnización comprende el daño moral por la pérdida o menoscabo grave de la salud –física o psíquica– de un animal.
  • El derecho a percibir los gastos destinados a la curación y el cuidado de un animal herido o abandonado por quien los haya pagado.
  • La responsabilidad del vendedor de un animal por lesiones, enfermedades o alteraciones significativas de la conducta que tengan origen anterior a la venta.
  • El cuidado de los animales cuando falten sus responsables mediante la previsión pertinente en las disposiciones testamentarias.
  • La no obligación de restituir a un animal a su propietario o responsable cuando existan indicios fundados de que el animal es o ha sido objeto de malos tratos o abandono.
pareja enfadada con su perro
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No nos engañemos, algo mejora la cosa, pero es una cuestión cosmética más que una reforma integral. Continúa el comercio de mascotas en condiciones terribles, el uso de fauna salvaje en circos, las peleas de gallos, los animales en feria y el sacrificio del animal sin tener que rendir cuentas a nadie, por puro capricho. Entre otras cosas. Por ahora. Hasta que entre en vigor la ley de protección y derechos de los animales propuesta por el Ministerio de Derechos Sociales.

El anteproyecto de ley de protección animal

La ley 17/2021, la nueva ley del régimen jurídico de los animales, es sin duda un primer paso –un pasito– en la lucha por los derechos de los animales. Modifica el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, pero no nos confundamos: no es el anteproyecto de ley de protección y derechos de los animales que propuso Ione Belarra, ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030 el pasado octubre y que incluye medidas más contundentes para evitar el abuso y el maltrato de animales domésticos.

Es importante señalar que el anteproyecto se dirige únicamente a las mascotas y deja fuera a las especies de producción de alimentos, a los animales utilizados con fines científicos, a la ganadería y la tauromaquia.

Todo el Congreso, salvo Vox, aprobó una moción para crear una ley de protección animal. Pero, ojo con lo que corre por la red, esto es un anteproyecto de ley que iba hacia su publicación pero que de pronto se detuvo. Hace ya más de tres meses que se aprobó, pero no se sabe cuándo se publicará o entrará en vigor. O si entrará en vigor. Por desgracia para mí, y para los animales domésticos, la cosa no será inminente. Primero ha de ser aprobada por el Consejo de Ministros y después será remitida a las Cortes Generales donde realizará su tramitación hasta convertirse en ley. Todavía quedan muchos pasos. Y hay algunos puntos conflictivos.

cazador con dos perros de caza
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Los perros de caza, ¿son o no son mascotas?

Punto más conflictivo: la caza

El Ministerio de Agricultura quiere suavizar algunas de las cuestiones que afectan a los perros que se utilizan para la caza. Los cazadores han saltado: no consideran a sus perros más que un instrumento para su actividad. Para ellos no son familia, ni seres sintientes, y quieren por tanto que queden fuera de una ley que solo atañe a animales de compañía. Me cuesta creer que piensen eso, la verdad. Pero entiendo que están acostumbrados a comprar y vender a su antojo, criar solo para la caza, castigarlos si no hacen bien su trabajo y que esta ley echa un jarro de agua fría sobre sus intereses.

Tampoco les hace gracia que la ley prohíba el aprovechamiento cinegético de gatos comunitarios. De hecho, eliminar gatos asilvestrados, se considerará una infracción muy grave con multa de hasta 600.000 euros. Es cierto que las comunidades de gatos asilvestrados suponen un peligro para la salud, pero la ley favorece la esterilización sobre la eliminación a perdigonazo limpio. A un mes escaso de las elecciones de Castilla León, una comunidad en la que la caza es tan importante, me figuro que el anteproyecto de ley va a quedar un poquito parado.

juez blandiendo el martillo
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Qué cambiará la nueva ley si entrara en vigor sin cambios

Aquí sí que entra todo lo que has visto en las redes y que tanta polémica ha causado (aunque parece ser que menos que la macroproducción porcina que es lo que llena Twitter estos días). Aquí tienes el anteproyecto enterito, aun así te destacamos las infracciones, de leves a muy graves, que llevarán sanciones de 600 a 600.000 euros según su gravedad.

Infracciones leves (de 600 a 30.000 €)

• Mantener de forma permanente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares.

• Privarlos de compañía si son animales gregarios.

•Mantenerlos atados o dejarlos deambular por espacios públicos sin supervisión.

• Dejar a los animales dentro de vehículos cerrados, expuestos a condiciones meteorológicas que puedan poner su vida en peligro.

• Llevar animales atados a vehículos a motor en marcha.

• Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante tres días consecutivos. En el caso de perros, este plazo no podrá ser superior a 24 horas consecutivas.

camada de gatitos
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• No adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía. Los animales que se mantengan o tengan acceso al exterior de las viviendas y puedan tener contacto no controlado con otros animales, deberán estar esterilizados. En el caso de que en una misma vivienda o ubicación haya animales de la misma especie y de distintos sexos, al menos todos los miembros de uno de los sexos deben estar esterilizados.

Infracciones graves (de 30.001 a 100.000 €)

• Matar o provocar al animal secuelas permanentes graves de forma imprudente.

• No cumplir las obligaciones de identificación del animal.

• El uso no autorizado de métodos agresivos o violentos en la educación del animal.

• La cría, comercio y exposición con fines comerciales por criadores no autorizados y en tiendas de animales, (excepto los peces).

• La administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento.

• El uso de animales en actividades culturales y festivas sin contemplar las previsiones de cuidado que contempla la ley, así como el empleo de animales en atracciones mecánicas, carruseles de feria y fauna silvestre en espectáculos circenses.

perro abandonado al lado de la carretera
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• Abandonar al animal.

• Practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.

• Utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción.

• Criar animales silvestres exóticos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en la ley.

• El envío de animales vivos por correo o mensajería, excepto a través de entidades dedicadas únicamente al transporte profesional de animales.

Infracciones muy graves (de 100.001 a 600.000 €)

• Matar a un animal o causarle secuelas permanentes graves de forma intencionada.

• El sacrificio de animales no autorizado.

• La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado.

• El adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas.

pelea de gallos
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La peleas de gallo serán infracciones muy graves con la nueva ley.

•El uso de animales de compañía para consumo humano o de otros animales.

• El aprovechamiento cinegético de gatos comunitarios.

• Alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitario.

DNI para animales de compañía

Se ha hablado mucho sobre la introducción de un DNI obligatorio o DAIRA (Documento Autonómico de Identificación y Registro Animal) para todas las mascotas. Eso es porque a día de hoy la administración solo tiene información de los animales que incorporan el chip insertado en centros veterinarios, así como de los inscritos en las bases de datos de animales potencialmente peligrosos y los informes de las sociedades de animales con pedigrí.

Pero hay muchos animales domésticos de los que se desconoce su existencia. A lo largo de 2022 se espera que todas las comunidades autónomas acuerden un formato y procedimiento unificado para el registro digital de los animales de compañía.

veterinario y perro con su registro en una tablet
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Conclusiones sobre la nueva ley del régimen jurídico de los animales

Hace tiempo que se necesita una ley que ampare y proteja a los animales. Vamos con retraso comparados con el resto de Europa: En Reino Unido, Alemania, Francia, Italia y Suiza, el maltrato animal puede conllevar penas de multa y prisión. El abandono se considera en estos países un acto de tortura animal, así como la tenencia en jaulas pequeñas y la desnutrición.

Pero ahí vamos: la nueva ley del régimen jurídico de los animales es un paso adelante en esa dirección. Supone la "descosificación" de los animales, ya no podrán ser considerados mercancías con la consiguiente desprotección legal que de ello se derivaba. El anteproyecto de ley me parece un sueño y espero de verdad que se logre por el bien de todos los animales domésticos.

Yo incluso iría más allá, no solo se debería sancionar. Debería haber una rebaja del IVA de los servicios veterinarios del 21 % actual al 10 % y de los productos de alimentación animal del 10 % actual al 4 %.

banderillero
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¿Y los toros?

Cuando hablamos de maltrato animal, no puedo evitar pensar en la tauromaquia, que algunos verán como arte, pero yo como salvajada. No solo me repele lo machista que es ese mundillo, con toda esa parafernalia rancia de brindis al buen patrón y doña con mantilla, sino que alguien encuentre placer en la tortura animal. O que alguien se alegre cuando un torero recibe una cornada, ¡por favor, qué horror! Me crié en una familia muy taurina y nunca comprendí que esa atrocidad se aplaudiese y celebrase, me parecía tan cruel como surrealista. Nunca me cuadró que ver desangrarse a una bestia fuera un espectáculo.

Mi sentido crítico empezó a formarse ahí, veía a mi adorado abuelo entregado en cuerpo y alma y cuanto más me explicaba en qué consistía la fiesta, más me repelía todo lo que veía. No puedo entender que la tauromaquia reciba subvenciones, ni que eso sea considerada un arte. Por desgracia, tiene demasiados seguidores como para prohibirlo, pero no pierdo la fe. Si en el Reino Unido lograron librarse de esa salvajada que era la cacería del zorro, tal vez algún día aquí también se consiga algo así.

perrito
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