Fíjate cómo son las cosas. Sabemos exactamente lo que has escuchado hoy. Todo lo que has escuchado hoy. Has escuchado cosas como que "si tu empresa tiene un registro que dice que todos los días has salido a las 18h, y tú puedes demostrar (con correos, reuniones, llamadas... lo que sea) que sistemáticamente has trabajado hasta más tarde, a la empresa le han pillado cometiendo fraude". O como que "con un excel en Google Drive íbamos que chutábamos". Porque a ti, como al resto de trabajadores españoles, les ha pillado por sorpresa la entrada en vigor del registro de la jornada laboral por parte de su empresa. Entró en vigor el domingo 12 de mayo y el lunes te ha llegado un correo electrónico contándote lo que tienes que hacer: básicamente fichar todos los días si es que no lo hacías ya cuando entras y cuando sales para registrar tu jornada laboral. Y es normal que te hayan surgido unas cuantas dudas si tienes una jornada laboral irregular, si concilias, si teletrabajas o si eres un autónomo. Por cierto, lo del Excel, te cuenten lo que te cuenten, no vale.

¿Cómo me afecta el nuevo registro jornada laboral si tengo una jornada laboral irregular?

Según el decreto que ha entrado en vigor, el registro horario es obligatorio para todo tipo de empleados, con independencia de la jornada que tengan. Hay trabajadores con jornadas invariables (su horario nunca se ve afectado en el desempeño de su actividad), pero muchos empleados con horarios irregulares que les obligan a trabajar fuera de la oficina y a modificar sus horarios de entrada y de salida sin que exista una pauta fija. En estos casos, el propio decreto recoge que la aplicación del registro horario debe tener en cuenta siempre la flexibilidad horaria. Es decir, la norma no puede ir nunca en perjuicio de la flexibilidad horaria. Traducido a tu idioma y al nuestro: tu empresa debe pactar con los empleados un mecanismo que recoja las horas que se realizan de forma atípica.

¿Cómo me afecta el nuevo registro jornada laboral si teletrabajo?

Nos encanta que nos hagas esta pregunta, pero la verdad es que la respuesta es la misma en el decreto ley que la que te hemos dado para el caso anterior: si trabajas desde casa debes registrar también tu horario, pero como no hay un margen de entrada ni de salida del centro de trabajo, trabajadores y empresarios deben acordar los mecanismos necesarios que controlen el horario pactado por contrato teniendo en cuenta que esos mecanismos no pueden perjudicar la flexibilidad horaria. Conclusión: el decreto ley establece que si tu cumples tus horas en un horario distinto, debes acomodarte a ese horario, aunque no sea el que siga toda la empresa.

¿Cómo me afecta el nuevo registro jornada laboral si soy autónomo?

Si eres autónomo y estás trabajando en un horario normal en una empresa tu empresa tiene un problema. Entendemos que no te estás haciendo esta pregunta por ese motivo (no somos abogados, así que no vamos a poder ayudarte). El decreto ley del registro de jornada es muy claro y no afecta a los trabajadores autónomos. Está pensado de forma exclusiva para el control de horarios de los asalariados. Si trabajas por cuenta ajena, establece el decreto, tu no pones tu tiempo a disposición de la empresa para la que trabajas, sino el resultado del trabajo en ese tiempo. Resultado: No tienes que fichar porque la empresa no tiene que guardar registro de tu tiempo de trabajo para la inspección.

Lo que sí sabrás si eres autónomo, y ahí no te vamos a desvelar nada nuevo, es que si tienes empleados a tu cargo si debes llevar un control de su jornada laboral porque si son trabajadores directos tuyos. Pero eso, como decimos, ya lo sabes.